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Planificación Patrimonial Integral

Preserve, haga crecer y transfiera su patrimonio de manera fiscalmente eficiente, protegiendo el legado familiar para las próximas generaciones.

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Impuesto Sucesiones Madrid
Bonificación del 99%
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Reducción Patrimonio Empresarial
Empresa familiar ISD
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Mínimo Exento Patrimonio
Por declarante
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Deducciones Vivienda Habitual
Exención IP
Planificación sucesoria en España
99% Bonificación ISD Madrid

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

El ISD es un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas, lo que genera diferencias tributarias significativas según la residencia fiscal del causante o donatario. Esta descentralización crea oportunidades únicas de planificación.

Diferencias por Comunidad Autónoma

Madrid y Andalucía aplican bonificaciones del 99% para herencias entre familiares directos, resultando en una tributación efectiva casi nula. Por el contrario, otras comunidades pueden aplicar tipos del 34% sin bonificaciones.

  • Madrid: bonificación del 99% (cónyuge, descendientes, ascendientes)
  • Andalucía: bonificación del 99% desde 2019
  • Cataluña: reducción de 100.000€ por heredero + bonificación 99% cónyuge
  • Seguros de vida: reducción de 9.195,49€ por beneficiario
  • Empresa familiar: reducción del 95% del valor
  • Vivienda habitual: reducción del 95% hasta 122.606,47€

Tipo Efectivo ISD por Comunidad Autónoma (herencia 1M€, hijo)

0% 15% 30% Madrid 0% Andalucía 0% Galicia 3% Valencia 10% Cataluña 12% Asturias 20% Extremad. 28% Aragón 32% Fuente: REAF-CGE 2025. Referencial, depende de circunstancias.

Estructuras de Protección Patrimonial

Seleccionamos la estructura óptima según la naturaleza de sus activos, su perfil familiar y sus objetivos de transmisión intergeneracional.

Fundaciones Familiares

Las fundaciones permiten gestionar y proteger el patrimonio familiar bajo una gobernanza estructurada, con ventajas fiscales en la reinversión de rendimientos orientados al objeto fundacional.

  • Protección frente a litigios y credores
  • Continuidad generacional garantizada
  • Gestión profesionalizada del patrimonio
  • Tipo reducido IS del 10%
  • Exención de rentas afectas al fin fundacional
Recomendada para: patrimonios superiores a 5M€ con vocación filantrópica o de legado estructurado.
Sociedades Patrimoniales

Las SL patrimoniales permiten agregar, gestionar y transmitir activos (inmuebles, cartera, participaciones) bajo el paraguas del Impuesto sobre Sociedades, generalmente más favorable que el IRPF para grandes patrimonios.

  • IS al 25% vs marginal IRPF del 47%
  • Participación exenta en dividendos (art. 21 LIS)
  • Facilita la transmisión de participaciones
  • Consolidación fiscal de pérdidas y ganancias
  • Posible acogida a régimen de holding
Recomendada para: inversores con inmuebles en alquiler o cartera de valores superior a 500.000€.
Seguros de Vida Unit-Linked

Los seguros unit-linked luxemburgueses son un envoltorio de inversión con diferimiento fiscal en IRPF, flexibilidad inversora y beneficios sucesorios relevantes fuera de la masa hereditaria.

  • Diferimiento fiscal del rendimiento
  • Designación de beneficiarios libre
  • Reducción ISD: 9.195€ por beneficiario
  • Fondo de seguridad en Luxemburgo
  • Amplia selección de activos subyacentes
Recomendada para: ahorro a largo plazo y planificación sucesoria de activos financieros desde 250.000€.

El Inmueble en la Planificación Patrimonial

El patrimonio inmobiliario representa la mayor clase de activo en los patrimonios familiares españoles. Su tratamiento fiscal puede optimizarse mediante estructuras adecuadas tanto para la tenencia como para la transmisión.

Claves de la Fiscalidad Inmobiliaria

  • SOCIMIs: tributación al 0% en IS con obligación de distribución del 80% de rentas
  • Plusvalía municipal: nuevos métodos de cálculo desde 2021, posibilidad de impugnar
  • ITP vs IVA: optimización en compraventa de inmuebles según tipología
  • Amortización: deducción del 3% anual del valor de construcción en alquiler
  • Sociedad de tenencia: IS 25% vs IRPF hasta 47% en rendimientos netos
  • Régimen de arrendamiento: reducción del 60% en IRPF de rendimientos netos

Estructura Óptima de Tenencia Inmobiliaria

HOLDING FAMILIAR SL Patrimonial SL INMOBILIARIA Alquiler + Venta CARTERA Valores / Fondos EMPRESA FAMILIAR Activo empresarial Dividendo exento art. 21 LIS Tributación consolidada · Transmisión participaciones · Reducción ISD 95%
Inmuebles y planificación patrimonial
60% Reducción rendimiento alquiler IRPF

Pensiones y Ahorro para la Jubilación

Maximice las deducciones fiscales disponibles combinando diferentes vehículos de ahorro para construir un patrimonio de jubilación eficiente.

Planes de Pensiones Individuales

Aportaciones deducibles en base imponible del IRPF. El límite general es 1.500€/año. La rescisión tributa como rendimiento del trabajo, por lo que la diferencia de tipos entre aportación y rescate es clave.

Límite: 1.500 €/año

Planes de Empresa (Employer)

Las contribuciones del empleador al plan de pensiones del trabajador tienen un límite ampliado de 8.500€/año, con deducción para la empresa y diferimiento para el empleado. Herramienta clave de retribución flexible.

Límite empresa: 8.500 €/año

PIAS – Plan Individual de Ahorro Sistemático

Los PIAS permiten constituir una renta vitalicia con la ventaja fiscal de que los rendimientos generados durante la acumulación están exentos si se destinan a renta vitalicia. Aportación máxima 8.000€/año, límite total 240.000€.

Exención rendimientos a vencimiento

SIALP y Mutualidades Alternativas

El Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo (SIALP) ofrece exención de rendimientos si se mantiene más de 5 años. Las mutualidades de previsión social alternativas al régimen general permiten aportaciones deducibles con reglas específicas.

SIALP: exención 5+ años
FASE DE ACUMULACIÓN Aportaciones + Deducción fiscal TRANSICIÓN Optimización estructura FASE DE RESCATE Renta vitalicia · Optimización tipo 25-45 años 55-65 años 65+ años Inicio Jubilación

Estrategias de Transmisión Eficiente

La planificación anticipada de la transmisión patrimonial puede generar ahorros fiscales muy significativos respecto a la herencia convencional.

1
Donaciones en Vida

Las donaciones en vida tributan por ISD con las mismas bonificaciones que la herencia. En Madrid, la donación de un inmueble a un hijo puede tener un coste fiscal mínimo. El valor de adquisición del donatario es el de mercado en la fecha de donación, evitando plusvalías latentes en IRPF del donante en determinados supuestos.

2
Pactos Sucesorios

Los pactos sucesorios (disponibles en Galicia, Navarra, País Vasco y Cataluña) permiten transmitir en vida con valor de adquisición original, evitando la ganancia patrimonial que sí existe en la donación ordinaria. Herramienta clave para la transmisión de activos con elevadas plusvalías latentes.

3
Protocolos Familiares

El protocolo familiar establece las reglas de gobernanza, sucesión y resolución de conflictos en la empresa familiar, facilitando la aplicación de la reducción del 95% en el ISD y garantizando la continuidad empresarial con criterios objetivos acordados en vida del fundador.

Transmisión Eficiente de la Empresa Familiar

La reducción del 95% en el ISD para la empresa familiar es uno de los beneficios fiscales más potentes del sistema tributario español, pero requiere cumplir requisitos estrictos.

Reducción del 95% – Requisitos Clave

El artículo 20.2.c) de la LISD establece una reducción del 95% sobre el valor neto de los bienes necesarios para el ejercicio de la actividad económica o de las participaciones en entidades cuando se cumplen determinadas condiciones.

Esta reducción puede combinarse con las bonificaciones autonómicas, resultando en una tributación efectiva prácticamente nula en comunidades como Madrid o Andalucía.

🏢
Actividad Real

La empresa debe ejercer una actividad económica real, no siendo de mera tenencia de bienes (más del 50% activos afectos).

💼
Función Directiva

El causante o familiar directo debe ejercer funciones de dirección y percibir remuneración que represente más del 50% de sus rendimientos del trabajo y actividades.

📊
Participación Mínima

El causante debe tener al menos el 5% individual o 20% con familiares directos. Exención en IP debe aplicarse previamente.

🔒
Mantenimiento 10 Años

Los herederos deben mantener la adquisición durante 10 años y continuar la dirección, so pena de pago de la parte no pagada con intereses.

Checklist de Planificación Sucesoria Empresarial

1 Diagnóstico patrimonial y societario Valoración · Estructura accionarial · Activos afectos 2 Verificación cumplimiento requisitos IP Exención IP · Actividad real · % participación 3 Protocolo Familiar y testamento coordinado Reglas de gobernanza · Reparto · Funciones directivas 4 Reestructuración societaria si necesario Segregación activos · Holding · Pactos parasociales 5 Liquidación ISD con reducción 95% + bonif. CCAA Ahorro fiscal potencial sobre valor empresa: 99%+ RESULTADO: Transmisión empresa familiar con mínima carga tributaria y máxima continuidad

Dudas sobre Planificación Patrimonial

La planificación patrimonial y sucesoria debe comenzar idealmente a partir de los 45-50 años o cuando el patrimonio supere los 500.000€. Sin embargo, nunca es demasiado pronto: cada año sin planificación puede suponer costes fiscales evitables. La estructuración requiere tiempo para cumplir plazos de mantenimiento (10 años en empresa familiar) y para la reorganización societaria sin tributación. Recuerde que el ISD prescribe a 4 años desde el fallecimiento, pero Hacienda tiene herramientas para verificar el cumplimiento de requisitos a posteriori.
Depende de varios factores: la comunidad autónoma de residencia, el tipo de activo, la situación fiscal del donante y el donatario. En Madrid, ambas opciones tienen coste prácticamente nulo por la bonificación del 99%. Sin embargo, la donación de inmuebles genera en el donante una ganancia patrimonial en IRPF por la diferencia entre valor de mercado y precio de adquisición. La herencia no genera esta ganancia (actualización de valor). Los pactos sucesorios disponibles en foral permiten combinar lo mejor de ambas: transmisión en vida sin plusvalía en IRPF.
El Impuesto sobre el Patrimonio (IP) grava el patrimonio neto de las personas físicas al 31 de diciembre. Están obligados a declarar quienes tengan cuota a ingresar o patrimonio bruto superior a 2 millones de euros. El mínimo exento general es 700.000€ (más 300.000€ por vivienda habitual). Las comunidades pueden modificar el mínimo exento y las tarifas. Madrid aplicó una bonificación del 100% hasta 2022; desde el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF), patrimonios superiores a 3 millones tributan. La empresa familiar y las participaciones con derecho a reducción en ISD están generalmente exentas.
La reducción del 95% en el ISD se aplica sobre el valor de las participaciones en entidades o bienes afectos a actividad económica cuando se cumplen estos requisitos: (1) El causante o familiar directo ejerce funciones de dirección remuneradas que representen más del 50% de los rendimientos de trabajo y actividades; (2) La participación del causante y familiares directos es de al menos el 20% del capital; (3) La empresa tiene actividad económica real (no mera tenencia); (4) Los bienes del causante están exentos en el IP. Los herederos deben mantener las participaciones 10 años y continuar ejerciendo funciones de dirección.
Las sociedades patrimoniales tienen ventajas principalmente cuando el tipo marginal de IRPF supera el 25% del IS (lo que ocurre con frecuencia en rentas superiores a 60.000€). Las ventajas incluyen: (1) Retención de beneficios al 25% vs distribución y tributación en IRPF hasta el 47% de ahorro; (2) Participación exenta en dividendos de filiales (art. 21 LIS) evitando doble imposición; (3) Facilita la transmisión patrimonial mediante transmisión de participaciones; (4) Compensación de pérdidas entre activos. Las desventajas son el coste de constitución y mantenimiento, y la complejidad contable y fiscal adicional.

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